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viernes 19, abril 2024

Asturias aprueba el registro de Servicios de Prevención Ajenos.

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La base de datos SERPA, gestionada por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, es el soporte de la base de datos de Servicios de Prevención Ajenos registrados en todas las Comunidades Autónomas. En ese marco, en Asturias acaba de aprobarse la resolución que establece el registro autonómico de estas entidades.


Los Servicios de Prevención Ajenos (SPA) son empresas especializadas que tienen como objetivo dar soporte al resto de empresas con el fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y salud de los trabajadores. Se trata, en fin, de la vía adecuada para que una empresa pueda externalizar sus acciones relativas a la prevención de riesgos laborales, confiando en empresas para aplicar las medidas oportunas y desarrollar las actividades necesarias en este terreno, con el objetivo de disminuir los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales en los trabajadores.
Los SPA son personas jurídicas de naturaleza privada, que deben estar acreditadas por una autoridad pública competente. De ahí la importancia de contar con un registro de entidades acreditadas, que facilite el acceso a la información a autoridades y ciudadanos.
El SERPA es una aplicación informática desarrollada y mantenida por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, que sirve como soporte de las bases de datos de cada Comunidad Autónoma. Tras la modificación del RD 337/2010 se establece la necesidad de configurar registros autonómicos para mejorar el tratamiento de la información y facilitar un mejor conocimiento de los datos a las partes interesadas. Por eso, cada Comunidad Autónoma debe garantizar la incorporación de los datos de sus registros al SERPA.
El registro asturiano, en marcha.
En Asturias, se firmó el convenio publicado en el BOE de 25/06/2012, y el 1 de julio de 2013 se publicó en el BOPA la resolución de la Consejería de Economía y Empleo por la que se establece el Registro de entidades especializadas acreditadas para actuar como servicios de prevención ajenos y de personas o entidades especializadas autorizadas para desarrollar la actividad de auditoría o evaluación externa del sistema de prevención en el ámbito del Principado de Asturias. Este registro es de naturaleza administrativa y de carácter público, único para toda la Comunidad Autónoma.
La gestión del registro y archivo de los Servicios de Prevención Ajenos acreditados por la Autoridad Laboral del Principado de Asturias, así como de las Entidades Auditoras autorizadas, depende del Área de Acreditaciones del Instituto Asturiano de Riesgos Laborales, labor que desarrolla entre otras funciones relacionadas.

¿Cuándo es necesario contratar un SPA?

• El empresario deberá recurrir a un Servicio de Prevención Ajeno cuando se da alguna de las siguientes circunstancias:
• Que la designación de uno o varios trabajadores sea insuficiente para la realización de la actividad de prevención, y no concurran las circunstancias que determinan la obligación de constituir un servicio de prevención propio.
• En caso de que no se constituya un servicio de prevención propio.
• Cuando el empresario asume tan sólo parcialmente las funciones preventivas.

Fuente: Ministerio de Empleo y Seguridad Social

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