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martes 8, octubre 2024

Ayuntamientos ante el fenómeno inmigratorio

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Suele decirse que los procesos de integración o, por el contrario, de exclusión de la población inmigrante, tienen su desarrollo principalmente en el escenario local, pues es en la ciudad, el barrio o incluso la concreta calle donde, antes que en cualquier otro espacio, acaban teniendo reflejo los positivos efectos de la convivencia o, cuando se producen situaciones de fricción, donde el conflicto puede manifestarse.
Naturalmente, un fenómeno de alcance global como es el incremento de los flujos migratorios, y el impacto de éste en la vida de la población nativa y emigrada, no tiene tanto que ver con las decisiones que se adoptan a nivel local como con las tendencias generales, que trascienden incluso a los propios Estados, en materia económica, en las relaciones internacionales, en política legislativa, etc. Sin embargo, desde el ámbito local, y desde el punto de vista institucional en lo que se refiere a la actividad de los ayuntamientos, trabajar para favorecer el entendimiento y la incorporación social debe convertirse en una prioridad ante el hecho inmigratorio, que en su dimensión actual es relativamente reciente, pero que ya forma parte indefectiblemente de la realidad.
En Asturias, por fortuna, la mayor parte de los ayuntamientos han demostrado una cierta sensibilidad hacia los problemas de la población emigrante y, de forma modesta, pero con verdadera vocación integradora, han dedicado esfuerzos y recursos a atender los problemas que, de manera particular o con mayor intensidad que a la población autóctona pueden aquejar a este sector social. Sin duda ha ayudado la mayor gradualidad en la afluencia -que ha permitido observar con perspectiva el proceso en el resto del país-, la relevancia de las políticas sociales y la solidez de los servicios públicos en Asturias, el compromiso de las propias asociaciones de inmigrantes y las aportaciones presupuestarias del Fondo de Apoyo a la Acogida del Ministerio de Trabajo e Inmigración. En Asturias la mayor parte de los ayuntamientos han demostrado una cierta sensibilidad hacia los problemas de la población emigrante y, de forma modesta, pero con verdadera vocación integradora, han dedicado esfuerzos y recursos a atender los problemas que pueden aquejar a este sector social.
Desde luego, a ningún responsable municipal en Asturias –por ajeno a estas preocupaciones que pueda llegar a ser, que haberlos haylos- se le ha ocurrido un planteamiento tan profundamente segregacionista e injusto como el que en las ultimas semanas ha venido exhibiendo el gobierno local de Vic, partidario de obstruir el empadronamiento atendiendo a las circunstancias administrativas de los extranjeros, y no estrictamente a lo exigido legalmente (la comprobación de la efectiva residencia en el municipio). No se trata de una medida inocua, puesto que lo perseguido con ella es la desaparición de todo cómputo y con él de toda política pública dirigida a aquéllos que se encuentren en situación administrativa irregular, que pasarían a una posición de invisibilidad para la Administración (excepto para lo relativo a la sanción de su situación irregular). No olvidemos, además, que el empadronamiento es necesario para acceder a ciertos derechos básicos, como por ejemplo la escolarización de los menores o la asistencia sanitaria.
La estancia irregular en el territorio estatal es una infracción administrativa –no es un delito- cuya comisión no priva al extranjero de una serie de derechos predicables de cualquier persona, y cuya consecuencia, además, no siempre es la expulsión automática, como viene destacando cierta tendencia jurisprudencial. Efectivamente, toda regulación en materia de extranjería, sea más o menos estricta, comporta inevitables situaciones de irregularidad sometidas a sanción. Al margen del pertinente debate sobre los requisitos y cauces para el acceso a autorizaciones de residencia y los efectos de las limitaciones impuestas, lo que sí debe quedar fuera de toda duda es que el extranjero en situación irregular es titular de una serie de derechos, y los principios que rigen nuestro ordenamiento, entre ellos la seguridad jurídica, también deben impregnar la actuación administrativa en la materia, de modo que si el empadronamiento no se condiciona a la titularidad de la autorización de residencia, en modo alguno pueda impedirse de forma espuria. Sin embargo, intentos como el del Ayuntamiento de Vic lo que pretenden es una interpretación hiperrestrictiva, cicatera, socialmente irresponsable y merecedora de reproche jurídico y político.
Al mismo tiempo, procede denunciar que, al calor de la polémica suscitada en el Ayuntamiento de Vic, algunas voces instaladas en la mezquindad airean de nuevo su visión distorsionada e interesada del fenómeno inmigratorio, pintando al extranjero como desaforado consumidor de servicios públicos en detrimento del nativo (cuando su aportación al conjunto es claramente superior a lo recibido, por lo general), e incluso responsabilizándolo de las contrariedades sociales derivadas de la crisis económica. El contexto de dificultades propio de este momento es un buen caldo de cultivo para este populismo, cuya única respuesta es la restricción de derechos, la criminalización del diferente y la búsqueda de chivos expiatorios. Es necesario, por lo tanto, combatir este discurso y frenar en seco cualquier involución en la garantía de derechos elementales, impidiendo la proliferación del oportunismo y la demagogia tan habitual en este asunto.

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