A mediados del año pasado 2008, se auguraba desde los estrados del Gobierno una crisis que no iba a afectar tan fuerte a España, pues su sistema financiero se encontraba libre de la contaminación bancaria que sufría el resto del mundo. Un año más tarde, esta crisis afecta de frente y con todo ímpetu al sistema empresarial español.
Se han realizado innumerables debates para buscar la salida a esta situación, que ha desencadenado una avalancha de cierres empresariales. Hasta hoy sólo se han escuchado soluciones para tratar de paliarla, pero no se han presentado soluciones para salir del problema y erradicarlo del sistema financiero empresarial en el futuro.
El gobierno inició una serie de medidas económicas para tratar de apoyar a las empresas. Una de estas fueron los créditos ICO, que pretendían brindar financiación a las PYMES; esto no llegó a buen fin, debido a la falta de confianza de los bancos en las empresas, y de las empresas en sus clientes. “Las PYMES no necesitan financiación, las PYMES sólo necesitan que les paguen en un tiempo justo su trabajo realizado”. Una medida que realmente hubiese sido eficaz y de efecto inmediato es el aplazamiento del pago del IVA: casi el 90% de todas las empresas que venden a otras empresas y no por mostrador, se ven obligadas a financiar y por ende a cargar sus líneas de crédito bancario, para poder hacer frente al pago del IVA.
Las empresas financian en unos casos tres meses y en otros hasta seis meses el pago del IVA. Esta forma de trabajo y de financiación de las arcas del Estado absorbe toda la flexibilidad de liquidez y de operatividad de las empresas y también genera una obligada financiación de todas las operaciones empresariales. Esto encarece el precio final del producto, eleva los costes de proyectos y conlleva elevadas trabas operativas.
En el contexto de la situación financiera empresarial, España opera en un marco financiero diferente a los demás países de su alrededor.
En el contexto de la situación financiera empresarial, España opera en un marco financiero diferente a los demás países de su alrededor. En casi todos los países de la UE el pago de facturas está entre 30 y 60 días fecha factura, España está viciada en la forma de pago que se estandarizó a 180 días.
El pago de facturas a 180 días, estipulado en contrato entre empresas y que en realidad llegan a ser 210 y hasta 240 días fecha factura, conlleva una dependencia directa de servicio y lleva a la empresa que realiza el servicio a depender de la salud financiera de la empresa que emite el “pagaré”. Esta forma de operatividad empresarial financiera nace en los años 50 y se mantiene en España hasta nuestros días. Los demás países europeos salieron de este sistema hace muchos años, debido al riesgo que significa.
El pagaré, a diferencia de lo que cree la mayoría, no es una forma de pago, es solamente un reconocimiento de deuda, vinculante siempre y cuando el emisor tenga fondos con que respaldarla. En situaciones como hoy y en una estructura “Piramidal” de manejo de obra como la de España, que una empresa presente concurso de acreedores, significa que todas las empresas que han realizado servicios y poseen un pagaré de esta empresa, se ven obligadas a devolver el dinero que han recibido del banco por la venta de este pagaré. Lógicamente esto genera la iliquidez que hoy afecta al mercado y también la desconfianza general en todo el sistema operativo.
Esta forma de pago es abusiva, ya que existe una ley (LEY 3/2004, de 29 de Diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales) que limita el tiempo de pago de servicios prestados a un máximo de 30 días, lo que permite calcular el riesgo que puede correr un cliente y tomar medidas de protección frente a impagados.
La forma de pago a 180 días ha sido una barrera de protección de mercado que ha dificultado la penetración y establecimiento de empresas extranjeras en España. Para poder operar con este sistema es necesario establecerse en España y generar una cartera de alto valor circulante. Claro está, asumiendo el alto riesgo en caso de situaciones de impagos como la que vive el sistema empresarial actual.
Consideramos que limitar por ley la forma de pago a un máximo de 90 días para operaciones que no estén vinculadas a dineros del Estado y un máximo de 60 días para todas aquellas que estén relacionadas con inversiones del Estado, generaría un gran flujo de capital en el mercado, incrementaría la confianza entre los empresarios, minimizaría el riesgo de impagos y generaría una estabilidad para toda la red empresarial española.
No es de recibo que una obra financiada por el Gobierno Central se vea financiada nuevamente en cada nivel de subcontratación. Aquí el Gobierno Central, que es el que libera el Aval de ejecución de la obra, deberá exigir al contratista principal el pago a las subcontratas a un plazo máximo de 60 días.
No es normal que las pequeñas empresas se vean obligadas a asumir cargas financieras para poder asumir el pago de IVA de facturas que cobrarán 4, 5 ó más meses más tarde. Aparte de asumir la financiación del IVA, no olvidemos que es necesario estar al día en los pagos de la Seguridad Social, las cargas fiscales y sobre todo con el pago de los trabajadores.
La solución no está en repartir calmantes para prolongar la agonía del sistema y, en caso de salir de esta situación, saber que podremos entrar en ella nuevamente. Creemos que la solución está en buscar el origen del problema, enfrentarlo, y sobre todo hacer cumplir las existentes leyes.