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martes 23, abril 2024

25N: comunicado de Juezas y Jueces para la Democracia

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La violencia contra las mujeres supone una vulneración de los derechos fundamentales, que afecta desproporcionadamente a mujeres.

Las consecuencias de la violencia contra las mujeres trascienden a su entorno más directo y a la sociedad en su conjunto. Sin ir más lejos, la violencia de género es un problema de salud pública, en todo el mundo; que tiene consecuencias negativas en la salud de las víctimas, incluidos los niños y las niñas que estén a su cargo. Conforme los datos de la OMS, los problemas de salud mental son, muchas veces, consecuencia de actos de violencia contra la persona afectada; en su mayoría víctimas de abuso sexual.

Es responsabilidad de cada estado velar por la reparación de los daños que la víctima ha sufrido, porque estamos ante un problema social y de derechos humanos, pero también resulta imprescindible la asistencia a la víctima para que se atreva a denunciar.

Destacamos los resultados de la última encuesta desarrollada por la FRA (Agencia de Derechos Fundamentales Europea); a raíz de la entrada en vigor en muchos países el Convenio de Estambul, en cuyas respuestas se refleja que la proporción de casos que se denuncian a las autoridades es sistemáticamente escasa. Sólo un 14 % de mujeres comunicaron el incidente más grave de violencia por parte de la pareja a la policía, y un 13 % cuando el autor no era su pareja. En el caso de la violencia relacionada con la libertad e indemnidad sexual, las encuestas realizadas por el organismo ya mencionado FRA, señalan que cerca de 1 de cada 4 víctimas de agresiones sexuales dentro y fuera de la pareja no acudieron a la policía ni a otra organización después de ser víctimas del incidente más grave alegando sentimiento de deshonra y vergüenza.

Si no centramos nuestros esfuerzos y nuestras acciones en prevenir todo tipo de violencia de género en la infancia, estaremos muy lejos de disminuir la dañina repercusión que la violencia ejerce sobre la salud física, mental y sexual de la población.

Por ello y, con arreglo a la Directiva de la UE sobre víctimas y al Convenio de Estambul, hay una necesidad acuciante en el conjunto de los estados de la UE de dotar de más recursos a los servicios especializados de apoyo a las víctimas; para que puedan responder a las necesidades de las víctimas; algo que reivindicamos desde nuestra asociación.

La violencia contra la mujer exige una mirada crítica sobre el modo en que la sociedad y el Estado responden a este tipo de violencia. Evitar la revictimización de las mujeres exige una respuesta firme y coordinada por parte de todas las instituciones, incluido el ámbito judicial, que nos compete; evitando que el sometimiento al proceso lleve a las víctimas a sufrir un sentimiento de culpabilidad, que traiga consigo el arrepentimiento por haberse decidido a denunciar.

Queremos realizar especial hincapié sobre el consentimiento en el ámbito de la libertad sexual. Desde el Convenio de Estambul se resaltó la necesidad de que no se descargara la total responsabilidad en quien autoriza; sin considerar las acciones de quien recibe, pide o vulnera el consentimiento; presentando el fenómeno como si fuera neutral. Debe tenerse siempre en cuenta la situación de desigualdad estructural y de desequilibrio de las mujeres dentro de las relaciones sexuales y que el consentimiento nace de un sentimiento de motivación individual y debe ser usado siempre para crear un entorno sexual seguro.

Por ello, no podemos finalizar sin recordar que la prevención es fundamental. Si no centramos nuestros esfuerzos y nuestras acciones en prevenir todo tipo de violencia de género en la infancia, estaremos muy lejos de disminuir la dañina repercusión que la violencia ejerce sobre la salud física, mental y sexual de la población. Pero ello no puede lograrse si como Sociedad no nos exigimos que la igualdad, como derecho fundamental, entre hombres y mujeres sea efectiva en todas las esferas y ámbitos de la vida. No podemos desistir.

Comisión de Violencia de Género

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