7.6 C
Oviedo
viernes 22, noviembre 2024

Javier Jiménez Iglesias. Letrado del Anciano. ‘Una persona incapacitada no pierde derechos: se ejercen de otra manera’

Lo más leído

Tan necesario como desconocido. Javier Jiménez Iglesias es desde hace diez años Letrado del Anciano en Asturias, un cargo que asume la tutela de mayores (y no tanto) cuando la persona ya no puede hacerlo por sí misma.
¿Quién se ocupa de un anciano que no se encuentra en las mejores condiciones para decidir sobre sí mismo o su patrimonio? Con unas seiscientas tutelas activas en Asturias en este momento, la figura del Letrado del Anciano es fundamental para tomar las riendas cuando no hay familia cercana que pueda hacerlo. Los casos de ancianos con deterioro cognitivo son los más numerosos, aunque también se ocupan de personas más jóvenes con algún tipo de trastorno mental, asumiendo su tutela parcial o totalmente. En definitiva, la labor es similar: responsabilizarse de decidir por quien no puede hacerlo por sí mismo.

-¿Cuándo surge el Letrado del Anciano en el Principado?
-Se crea en virtud de la Ley 7/91 de Asistencia y Protección del Anciano. La figura del Letrado del Anciano se encarga de las gestiones tutelares cuando los tribunales de justicia nombran como tutor al Principado de Asturias, porque no hay parientes o porque no son idóneos para esa labor. No obstante no es hasta el año 2005 cuando empieza realmente a desempeñar sus funciones. Hasta ese momento había una gran dispersión en el tema de las tutelas. Lo mismo se nombraba al director de una residencia, que al gerente del ERA. A partir de ese momento se centraliza todo en el Letrado del Anciano y este órgano empieza a aceptar las tutelas en nombre del Principado.
-¿Es una figura que tienen todas las CCAA?
-Todas las Comunidades Autónomas tienen una figura similar, aunque luego hay distintas formas de organizarlo. En todos los sitios hay personas que en un momento determinado precisan apoyo total o parcial para tomar decisiones. Normalmente se recurría al ámbito familiar, pero la dinámica de los tiempos, el tipo de familia o la no idoneidad de alguno de los miembros hace que al final sólo quede la administración para ejercer esa labor.

«Si una persona está perfectamente atendida en una residencia y no hay ningún problema, una incapacitación no aporta nada. Tiene que haber un motivo, por ejemplo que aparezca alguien que le saca el dinero de la pensión»

-¿Cuáles son sus competencias?
-Las competencias y las obligaciones son universales. Cuando asumimos una tutela por incapacidad total, asumimos la representación de esa persona en todos sus ámbitos: desde tramitarle una pensión a buscarle un centro residencial o gestionarle la Ley de Dependencia. Cualquier problema legal que tenga nos lo comunican a nosotros, por ejemplo: si debe dinero a la comunidad de vecinos porque no controla muy bien el tema patrimonial, el administrador nos va a llamar a nosotros; si alguien le demanda porque debe dinero, el emplazamiento nos lo van a hacer a nosotros como representantes legales; si tiene derecho a una herencia actuamos en su nombre… Es decir, la persona no por estar incapacitada o por tener su capacidad modificada va a tener menos derechos. Los derechos son los mismos pero se van a ejercer de distinta manera, a través de un representante legal que somos nosotros.
-¿Cuáles son las demandas de tutelas más habituales?
-En realidad, aunque la figura se llame «Letrado del Anciano», nuestro espectro de protección tutelar es muy amplio y puede representar en realidad a cualquier persona mayor de dieciocho años que lo requiera. Me refiero a determinados casos, por ejemplo el del joven con una discapacidad intelectual o una patología mental que requiere tratamiento. Durante la infancia, es la Consejería la que ejerce la patria potestad. A partir de que cumple los dieciocho y si se prevé que la persona no va a tener ningún apoyo familiar, la administración continúa asumiendo la tutela. Además de eso está por supuesto el caso del anciano con un deterioro cognitivo importante que necesita un tutor que represente sus derechos.
-¿Y ése es el perfil más común?
-Sí, el perfil más común son evidentemente los ancianos, porque es el grupo de población que, tarde o temprano, más acaba necesitando el apoyo de alguien. En la mayoría de los casos de personas muy mayores, con controlar la pensión, los pagos a la residencia y alguna cosa más, es suficiente para que el mayor esté bien atendido. Pero cada tutela tiene su dificultad, las más complejas son las de personas más jóvenes con algún tipo de enfermedad mental cuyo tratamiento hay que controlar.
-¿Cuántos casos de tutela tiene en la actualidad?
-En estos años hemos aceptado 894 tutelas, lo que pasa es que no todas están en vigor porque muchas personas han fallecido o en algún caso -que se cuentan con los dedos de la mano- ha aparecido un pariente que dice que quiere ser el tutor. También hay algún caso de personas que han recuperado su capacidad. Ahora mismo fluctuamos en torno a las seiscientas tutelas.
-Teniendo en cuenta que la sociedad tiende a envejecer, será previsible un incremento de las tutelas.
-Exactamente, la tendencia es al alza. Además hay otro tema, y es que también envejecen los tutores. Le pongo el caso de una persona de 75 años que tutela un hijo discapacitado intelectual, de 45: llega un momento en el que simplemente el padre no está en condiciones de ejercer el cargo. Por esa vía también vienen unas cuantas tutelas. No obstante, aclaro que tampoco se incapacita a una persona porque no tenga plenas sus capacidades mentales, es decir, debemos distinguir entre la causa y motivo. Si una persona está perfectamente atendida en una residencia y no hay ningún problema, una incapacitación no aporta nada. Tiene que haber un motivo, por ejemplo que aparezca alguien que le saca el dinero de la pensión o que haya deudas importantes y exista riesgo de embargo, y otros. Tiene que haber una causa para modificar la capacidad de las personas y un motivo.

«Aunque la figura se llame ‘Letrado del Anciano’, nuestro espectro de protección tutelar puede representar a cualquier persona mayor de dieciocho años que lo requiera. Por ejemplo el caso del joven con una discapacidad intelectual o una patología mental que requiere tratamiento»

-Además de la tutela patrimonial también realizan tutela personal, ¿cuáles son las situaciones más comunes?
-Las decisiones sobre temas personales y patrimoniales prácticamente lo abarcan todo. Cuando aceptamos una tutela intentamos mantener todos los aspectos habituales de la vida, es decir si vive en un determinado entorno, una aldea por ejemplo, no por tutelarlo vamos a cambiarle radicalmente las condiciones de vida mientras sea posible mantenerlas. A veces continúa un tiempo en su pueblo con ciertos apoyos –servicios sociales, familiares, vecinos-, otras veces el deterioro llega a un punto en el que hay que tomar decisiones que afectan a su persona. Una de las más habituales es sobre el lugar de residencia, otra tiene que ver con el control de la medicación en el caso de enfermedad mental. Hay otro tipo de decisiones que el derecho llama «personalísimas» en las que el tutor no puede entrar. Por ejemplo contraer matrimonio. Ahí es un juez quien decide si la persona tiene capacidad para comprender el alcance de ese acto o no.
Finalmente, hay otro tipo de decisiones de trascendencia patrimonial importante para las que el tutor necesita pedir autorización judicial.
-¿Cuáles han sido las tutelas más duras que ha gestionado?
-Fundamentalmente las de personas con enfermedades mentales muy complejas, que a veces llevan asociadas actividades ilícito-penales, como faltas, agresiones o amenazas. Una persona con esas características puede tener varios juicios al año. Son casos muy exhaustivos en los cuales se suceden numerosas actuaciones. Hay otro tipo de tutelas que también son complejas, y son las de personas que tienen un patrimonio importante y con muchos activos, que o bien no tiene parientes, o bien los tiene pero el Ministerio Fiscal entiende que no están ejerciendo bien esa tutela y nos la da a nosotros. Eso nos obliga a tomar muchas decisiones de gestión patrimonial y también son tutelas muy agotadoras.
-Desde su experiencia, ¿se dan muchos casos de engaños a ancianos?
-Siempre que hay un colectivo vulnerable -ancianos, niños, extranjeros- existe la posibilidad de que alguien se pueda aprovechar de esa situación. Estadísticamente no lo sé, pero sí, claro que somos conocedores de muchos casos de abusos. No sólo lo hemos visto en el caso de ancianos y discapacitados, sino en cualquier tipo de situación en la que una persona depende de otra, que puede actuar de buena fe o tener la tentación de beneficiarse de la situación. Eso es algo que tiene que ver ya con la naturaleza de las personas.

¿De cuánta utilidad te ha parecido este contenido?

¡Haz clic en una estrella para puntuarlo!

Promedio de puntuación 0 / 5. Recuento de votos: 0

Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este contenido.

Más del autor /a

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -

Últimos artículos

- Publicidad -