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jueves 28, marzo 2024

Reducción de la siniestralidad, reducción de las cotizaciones.

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La Seguridad Social anuncia la reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que disminuyan su siniestralidad laboral o que realicen actuaciones en la prevención de los accidentes de trabajo. Las empresas asturianas tienen abierto el plazo para la solicitud de las ayudas dispuestas por el Plan Renove 2010, que puede cubrir hasta el 33% de la inversión.

Nuevo Real Decreto

Sistema de Reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral. (R.D.404/2010, de 31 de marzo)Según el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros del pasado 30 de marzo, pueden ser beneficiarias del incentivo, todas las empresas que coticen a la Seguridad Social por contingencias profesionales en los casos en los que certifiquen la realización de inversiones en materia de prevención de riesgos laborales que puedan contribuir a la eliminación o disminución de riesgos durante el periodo de observación. Además de otros requisitos, las empresas deberán haber acreditado el cumplimiento de los requisitos básicos en materia de prevención de riesgos laborales (Anexo I RD 404/2010) así como el desarrollo o la realización, durante el periodo de observación, de dos, al menos, de las siguientes acciones:

  1. Incorporación a la plantilla de recursos preventivos propios (trabajadores designados o servicio de prevención propio), aún cuando no esté legalmente obligada a efectuarlo, o ampliación de los recursos propios existentes.
  2. Realización de auditorías externas del sistema preventivo de la empresa, cuando ésta no esté legalmente obligada a ello.
  3. Existencia de planes de movilidad vial en la empresa como medida para prevenir los accidentes de trabajo en misión y los accidentes «in itínere».
  4. Acreditación de la disminución, durante el período de observación, del porcentaje de trabajadores de la empresa o centro de trabajo expuestos a riesgos de enfermedad profesional.
  5. Certificado de calidad de la organización y funcionamiento del sistema de prevención de riesgos laborales de la empresa, expedido por entidad u organismo debidamente acreditado por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), justificativo de que dicha organización y funcionamiento se ajustan a las normas internacionalmente aceptadas

Las empresas que cumplan los requisitos podrán beneficiarse de las ayudas públicas dispuestas por el Principado de Asturias. El “Plan Renove 2010” subvenciona la adaptación, sustitución y adaptación de maquinaria y medios auxiliares que no cumplan los requisitos mínimos de seguridad.

La cuantía del incentivo se determina en función del volumen de cotización por contingencias profesionales. En todo caso, el límite viene determinado por el importe de las inversiones que la empresa haya efectuado durante el periodo de observación. Por ejemplo, para empresas cuya cotización en el periodo de observación haya sido superior a 5.000 euros, podrá alcanzar hasta el 5 por ciento del importe de las cuotas por contingencias profesionales de cada empresa correspondientes al periodo de observación, o bien hasta el 10 por ciento si los periodos de observación son consecutivos y en el inmediatamente anterior si ha percibido el incentivo. La cuantía del incentivo para pequeñas empresas cuya cotización en el periodo de observación, máximo de cuatro ejercicios, no haya superado los 5.000 euros, tendrá como límite máximo 250 euros para el primer periodo de observación, que se elevará a 500 euros en el segundo periodo y siguientes, siempre que en el inmediatamente anterior se haya percibido el incentivo.
En el año 2010 tendrá lugar el reconocimiento y abono de los incentivos correspondientes al ejercicio 2009. La fecha inicial del periodo de observación será el día 1 de enero de 2009.

Cómo y cuándo solicitar el incentivo

Para solicitar el incentivo debe presentar en su mutua un modelo de solicitud al que deberá adjuntar la documentación exigida. Las empresas deberán presentar la solicitud entre el 1 de abril y el 15 de mayo de cada año en la entidad gestora que asuma la protección de sus contingencias profesionales.
Una vez recibidos los informes-propuesta de las entidades gestoras o de las mutuas, la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social efectuará las comprobaciones necesarias sobre el cumplimiento de los requisitos y los índices de siniestralidad.
Cumplimentados los trámites anteriores, la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social dictará resolución estimatoria, de la que dará traslado a la entidad gestora o mutua que formuló la propuesta para su notificación a la empresa y transferirá a cada una de las mutuas, para su abono, el importe de los incentivos destinados a sus empresas beneficiarias.

Los incentivos podrán alcanzar entre el 5% y el 10% del importe de las cuotas por accidente de trabajo. En el caso de empresas pequeñas el límite del incentivo se fija en un máximo entre 250 y 500 euros.

Consulte el documento completo “Sistema de Reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral. (R.D.404/2010, de 31 de marzo)” en www.fremap.e

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